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Sobre la actual Reforma Tributaria

El pasado 13 de diciembre fue sancionada la Ley 2277 de 2022 (Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social) en esta redacción, QUIP resume las principales novedades en materia de beneficios tributarios.

Reducción de la tasa de interés moratorio en un 50% para obligaciones tributarias aduaneras pendientes, que se paguen totalmente hasta el 30 de junio de 2023 o que se suscriban facilidades de pago hasta el 30 de junio de 2023 (dichas solicitudes deben estar radicadas antes del 15 de mayo de 2023).

Reducción de la tasa de interés moratorio en un 60% y la sanción por extemporaneidad en un 60% para los contribuyentes que al 31 de diciembre de 2022 no hayan presentado declaraciones tributarias, que se paguen totalmente hasta el 31 de mayo de 2023 o que se suscriban facilidades de pago hasta el 30 de junio de 2023 (dichas solicitudes deben estar radicadas antes del 31 de mayo de 2023).

Subsanación de presentación de las declaraciones ineficaces de retención en la fuente sin pago sin sanción, si se pagan hasta el 30 de junio de 2023.

Eficacia de las declaraciones de retención en la fuente si el valor no supera las 10 UVT y se cancela dentro del año siguiente al vencimiento para declarar.

Subsanación de presentación de las declaraciones ineficaces de IVA, presentadas en período erróneo al 31 de noviembre de 2022, que se presenten y paguen de manera correcta hasta el 13 de abril 2023.

Reducción de las sanciones en materia de información exógena:

HECHOSANTES DE LA REFORMADESPUÉS DE LA REFORMA
No suministro de información5%1%
Información errónea4%0,7%
Información extemporánea3%0,5%
No cuantía0,5% ingresos o del patrimonio0,5 UVT por cada dato suministrado o incorrecto
Límite de la sanción15.000 UVT7.500 UVT

Reducción de la sanción hasta en un 5% adicional a los contribuyentes que incurrieron en alguna de las sanciones relacionadas con información exógena y que aún no les han notificado pliego de cargos, si subsanan con la presentación correcta hasta el 1 de abril de 2023.

Expedición inmediata de la resolución correspondiente al desembargo de los activos del contribuyente que cancele las obligaciones pendientes ante la DIAN, previa certificación de los pagos.

Para más información , acceda a nuestro webinar con los principales cambios de la reforma tributaria en el siguiente enlace:

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