Desde hace años, diversos sectores en Colombia han impulsado la creación de una modalidad de arbitraje ejecutivo. El objetivo principal es ofrecer una alternativa ágil y especializada para el cobro de deudas, contribuyendo así a la descongestión del sistema judicial.
¿En qué consiste el proyecto de arbitraje ejecutivo?
Esta iniciativa legislativa que busca implementar el arbitraje para el cobro de títulos valores y otras obligaciones expresas, claras y exigibles en Colombia está a punto de convertirse en ley de la República. El proyecto, que cursa con los números 211 de 2024 en Cámara y 008 de 2023 en Senado, aguarda la sanción del presidente para su entrada en vigencia.
¿Por qué surge esta iniciativa?
Esta iniciativa surge como respuesta a una problemática persistente en Colombia: la congestión del sistema judicial, que retrasa significativamente el cobro de títulos valores. La implementación del arbitraje ejecutivo se presenta como una solución directa a este inconveniente.
¿Cuál es el problema actual con el cobro de títulos valores?
Actualmente, un proceso de cobro jurídico de un título valor, como un pagaré, puede tardar aproximadamente un año en los juzgados, incluso en los casos más sencillos donde no se presentan objeciones por parte del deudor. Sin embargo, si el proceso requiere medidas como el embargo, secuestro, avalúo y posterior remate de bienes, la duración puede extenderse considerablemente, llegando a tardar entre tres y cuatro años, o incluso más.
El nuevo mecanismo de arbitraje busca agilizar estos trámites de manera sustancial.
¿Qué propone el proyecto de ley?
De acuerdo con el proyecto de ley, próximo a convertirse en ley de la República, uno de sus principales beneficios es la agilidad. La propuesta establece que el proceso debe concluir en un plazo máximo de doce (12) meses, término dentro del cual el árbitro deberá proferir la decisión final o laudo arbitral.
Sin embargo, debemos recordar que, al ser un mecanismo de justicia privada, acarrea mayores costos para las partes, ya que para acceder a este se debe sufragar los costos del proceso arbitral.
¿Qué se necesita para acceder al arbitraje ejecutivo?
Si una persona quiere someterse a este proceso arbitral ejecutivo, es fundamental tener en cuenta un requisito clave: la existencia de una cláusula compromisoria específica y separada del título valor, ya sea en un contrato o en un documento privado.
Esta cláusula es el pilar de cualquier proceso arbitral. Debe establecer claramente la voluntad de las partes de someter cualquier controversia derivada del título valor o del negocio jurídico ante la justicia arbitral.
Tipos de cláusula compromisoria contempladas
Es importante aclarar que el proyecto de ley trae consigo dos formas de cláusula compromisoria:
- En primer lugar, una cláusula compromisoria cerrada, que está diseñada para aplicar a un único título ejecutivo. Por ejemplo, un pagaré específico para garantizar una obligación en particular. Esta cláusula aseguraría que cualquier disputa relacionada con ese pagaré se resuelva a través de arbitraje.
- Por otro lado, una cláusula compromisoria abierta, que es más flexible y permite amparar varios títulos ejecutivos que deriven de una misma relación contractual. Esto podría verse en casos como el de un contrato de suministro donde se emiten facturas mensualmente.
¿Qué retos enfrenta esta nueva figura?
Por último, si bien esta figura plantea una solución a la congestión judicial, es importante advertir que el proyecto de ley parece dejar algunos vacíos y será crucial que estos puntos sean resueltos mediante una reglamentación adicional para garantizar la seguridad jurídica y la correcta aplicación del mecanismo una vez entre en vigencia.
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Redacción por: Julián Salazar | Abogado