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Colombia ratifica el Acuerdo de Escazú

El origen del Acuerdo de Escazú se remonta a la necesidad imperativa de la aplicación del principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible, el cual consagra:

El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.

Por eso, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en Río de Janeiro (Brasil) en el año 2012, diez (10) gobiernos de América Latina y el Caribe, impulsaron la Declaración sobre la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Por ello, en el período comprendido entre 2012 y 2014 se efectuaron reuniones de los puntos focales a través de las cuales, los países signatarios aprobaron la Decisión de Santiago, mediante la cual dieron inicio a la negociación del instrumento regional y crearon el Comité de Negociación.

Finalmente, el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la participación pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe – “Acuerdo de Escazú”, fue adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018 y abierto a la firma de los 33 países de América Latina y el Caribe el 27 de septiembre de 2018 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York.

A pesar de que el expresidente de Colombia, Iván Duque Márquez, presentara el proyecto de ley para ratificar el Acuerdo con un mensaje de urgencia, su trámite se estancó en el Congreso de la República y la iniciativa tuvo que ser archivada. Se presentó nuevamente para que tuviera mayor espacio de deliberación, en el que se esclarecieran dudas al respecto.

Luego de agotar el trámite constitucional tanto en el Senado de la República como en la Cámara de representantes, la iniciativa por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Escazú fue aprobada el pasado diez (10) de octubre con una votación de 119 votos a favor.

¿Cuál es el paso a seguir?

El documento pasará a conciliación del Congreso de la República, es decir, la participación de ambas cámaras legislativas, para su posterior sanción presidencial para convertirse en Ley de la República.

Con las herramientas consagradas en el Acuerdo y la aplicación de los compromisos en el mismo, el gobierno nacional se encuentra realizando las gestiones pertinentes para cumplirlos a través de las siguientes acciones:

  • Política de Manejo de Información Ambiental.
  • Estrategia de acompañamiento a defensores ambientales.
  • Ampliación de la participación ciudadana en las decisiones ambientales.
  • Apoyo a la creación y el fortalecimiento de las veedurías ciudadanas.
  • Sistema de información sobre conflictividad socioambiental.

El Acuerdo involucra tres (3) derechos de acceso interrelacionados e independientes: acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia.

Adicional, es el único acuerdo vinculante derivado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20), el primero ambiental regional de América Latina y el Caribe y, es el primer acuerdo que contiene disposiciones específicas sobre defensores de los derechos humanos ambientales.

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Redacción por: María Fernanda Ortiz Castillo | Abogada