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¿Soy residente fiscal en Colombia?

Con las nuevas dinámicas de inversión extranjera de personas naturales, además de la creciente tendencia de estas tener varios domicilios alrededor del mundo e incluso patrimonio representado en bienes en diferentes países, resulta importante tener claro, en términos de personas naturales, la residencia fiscal.

Pero, ¿por qué es importante determinar la residencia fiscal? El Artículo 9 del Estatuto Tributario establece que, las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el país están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, y a su patrimonio poseído dentro y fuera del país.

Es por esto que, al determinar la residencia fiscal de la persona, no solo resultará más clara la planeación tributaria que se realizará para evitar que la persona termine pagando más impuestos de los debidos, sino que, se podrá evitar que sea acreedor de sanciones que haya lugar.

El Artículo 10 del Estatuto Tributario trae consigo un mal llamado “Test de Residencia”, el cual permite hacer un “check list” de situaciones que, de cumplirse, determinarán que la persona es residente fiscal en Colombia.

  • Permaneció de manera continua o discontinua en el país más de 183 días durante un periodo de 365 días.
  • Esta en misión por el servicio exterior colombiano estando exento de tributación
  • Aun cuando no permanezca en el país, tener cónyuge o compañero permanente no separado o hijos dependientes menores de edad con residencia en Colombia.
  • Aun cuando no permanezca en el país, obtenga el 50% o más de sus ingresos de fuente nacional.
  • Aun cuando no permanezca en el país, el 50% o más de sus bienes son administrados en el país.
  • Aun cuando no permanezca en el país, el 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país.
  • No acreditar la condición de residente en el exterior cuando la DIAN lo requiera.
  • Tener residencia fiscal en un paraíso fiscal.

Es importante resaltar que, por el solo hecho de cumplir con una de estas condiciones, la persona será determinada como residente fiscal colombiano y, por lo tanto, este deberá cumplir con las obligaciones tributarias colombianas a las que haya lugar, entre ellas, declarar y posiblemente pagar impuesto de renta.

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Redacción por: Daniela Valencia Arbeláez | Abogada